NORMAS:

    La inscripción de la publicación en la Asociación de Prensa Juvenil se realizará de acuerdo con las normas:

    • La publicación mantendrá su total independencia económica y de gestión, señas de identificación, nombre y logotipo y el colectivo que la realiza elegirá con absoluta libertad sus contenidos ya sean educativos, culturales, sociales, etc.
    • En un tamaño gráfico no inferior a 20 mm de altura, la publicación incluirá, junto al logotipo de su cabecera, el sello de la Asociación de Prensa Juvenil.
    • Los gestores de la publicación se comprometen a respetar los fines que se recogen en los estatutos fundacionales de la Asociación de Prensa Juvenil y su reglamento de orden interno.
    • Siempre que sea posible la Asociación de Prensa Juvenil organizará cursos de formación, facilitará información sobre materiales de apoyo y propiciará encuentros para el intercambio de experiencias entre grupos de distinta procedencia geográfica.
    • Las publicaciones inscritas en el Registro Nacional de Publicaciones de la Asociación de Prensa Juvenil participarán automáticamente en el Concurso Nacional de Publicaciones que convoca todos los años la organización.
    • La Asociación de Prensa Juvenil tratará de dar a conocer las publicaciones inscritas aprovechando sus propios medios y especialmente la web del programa.
    • Los dirigentes de las publicaciones inscritas, puntualmente autorizados mediante el escrito correspondiente, podrán actuar como delegados de la Asociación de Prensa Juvenil en todos aquellos casos y circunstancias que las actividades de la organización lo requieran.
    • Los responsables y/o coordinadores de las publicaciones inscritas deberán comunicar a la Asociación de Prensa Juvenil todos los cambios que se produzcan en la dirección de las mismas.
    • Todas las publicaciones inscritas en la Asociación de Prensa Juvenil deberán respetar las normas establecidas comprometiéndose sus colaboradores a no realizar acciones que puedan dañar o deteriorar la imagen de la organización. El incumplimiento de estas normas podría provocar la baja inmediata de la publicación infractora en el Registro Nacional de Publicaciones de la Asociación de Prensa Juvenil.
    • Cada publicación podrá elegir un miembro Delegado de su Consejo de Dirección para que asistan, en determinados casos como invitados, al Congreso Nacional de Prensa Juvenil / Escolar que convoca regularmente la Asociación de Prensa Juvenil, si su publicación ha resultado una de las nominadas.
    • Cuando corresponda, en función de las actividades realizadas, el Delegado será también el encargado de recibir los Lobos de Oro, Planta y/o Bronce, en el acto de clausura del Congreso Nacional de la Asociación de Prensa Juvenil.
    • Los responsables de la publicación podrán informar a la Asociación de Prensa Juvenil de las actividades realizadas y, siempre que resulte posible, de sus proyectos a corto, medio y largo plazo para que la organización pueda dar publicidad a los mismos a través de sus publicaciones y canales de comunicación.
    • Para garantizar que están en activo, las publicaciones inscritas en el Registro Nacional de Publicaciones de la Asociación de Prensa Juvenil deberán acreditar, mediante un certificado anual emitido por su ayuntamiento, consejo de la juventud, o por cualquier otro organismo o institución pública local, que tienen sede abierta y en funcionamiento y también que editan con regularidad variable la publicación registrada.
    • La Asociación de Prensa Juvenil, una vez formalizada la inscripción de la publicación, y si el grupo editor de la publicación se asocia, facilitará a sus responsables la documentación y acreditaciones de identificación correspondiente.